CCOO y UGT de Extremadura han convocado concentraciones en todas las cabeceras de comarca de la región para mostrar el rechazo de los trabajadores y las trabajadoras a la reforma laboral que pretende poner en marcha el Gobierno.
Estas concentraciones se configuran como el inicio de las movilizaciones que los sindicatos realizarán durante las próximas fechas y que tendrán como culmen la huelga general del 29 de septiembre.
Todas las concentraciones se llevarán a cabo el miércoles, 30 de junio, a las 20:00 horas.
En Badajoz será frente a la Delegación del Gobierno;
en Cáceres, a las puertas de la Subdelegación del Gobierno;
en Mérida, ante la Presidencia de la Junta de Extremadura;
y en Plasencia,
Navalmoral, Coria, Zafra, Don Benito
y Almendralejo, en frente de sus respectivos ayuntamientos.
El Real Decreto-Ley 10/2010 (RDL) aprobado por el Gobierno y convalidado por el Congreso supone un grave atentado a los derechos de los trabajadores, en tanto que: Facilita a las empresas de manera más fácil, más rápido y más barato el despido individual y colectivo por razones económicas, técnicas, organizativas y productivas. No actúa debidamente sobre la contratación temporal. Al contrario se actúa sobre la dualidad del mercado de trabajo español, haciendo el empleo fijo igual de vulnerable que el empleo temporal.
• Nos aleja del cambio de patrón de crecimiento, ya que la competitividad de nuestra economía se busca a través del factor trabajo mediante una reducción de costes laborales, y no por la vía de incrementar la productividad a través de la innovación, la formación y el empleo de calidad.
• Es una reforma que no sirve para crear empleo, pues no se orienta dentro de una política global de reforma del sistema financiero que dote de liquidez a las empresas y a los particulares, y porque no diseñan políticas activas hacia las personas desempleadas para su transición laboral y reinserción en el mercado de trabajo.
• No va a reducir la dualidad en el mercado de trabajo, ya que al contrario de lo que se pretende, la reforma va a incrementar notablemente la temporalidad por la generalización de los colectivos que pueden ser contratados en la modalidad de contrato de fomento de la contratación de indefinida, así como por los criterios de conversión de los contratos temporales en contratos de esa modalidad.
• La reforma va a abaratar y facilitar el despido, posibilitando el “despido exprés” en la extinción del contrato por causas objetivas al otorgar al empresario la facultad de reconocer la improcedencia de la extinción o, lo que es lo mismo, dando eficacia al reconocimiento del empresario de que carece de causas o razones para la extinción (lo que supone la desaparición de los salarios de tramitación). Asimismo, se desregulan las causas del despido colectivo y se reduce la tutela judicial. El objetivo final perseguido es que se declare la procedencia de la extinción contractual.
• Privatiza el desempleo, con la legalización y las amplias facultades que otorga a las agencias privadas con ánimo de lucro. Se abre la vía de la contratación de las empresas de trabajo temporal en sectores de riesgo.
• Rompe la negociación colectiva y aumenta el poder de dirección empresarial para descolgarse de los incrementos salariales pactados en los convenios colectivos sectoriales, sin que éstos puedan establecer, como se hacía hasta la reforma, las condiciones y procedimientos de inaplicación salarial.