viernes, febrero 06, 2009
Proteccionismo Laboral y dumping social: algunos interrogantes sobre la huelga británica.
Desde hace unos días quiero hacer una entrada con el gravísimo tema de la Huelga xenófoba en Reino Unido, bien es cierto que estaba siguiendo con muchísimo interés las entradas de López Bulla, en su blog (Metiendo bulla). El artículo de Antonio Baylos, creo que aporta claves necesarias para reflexionar sobre el conflicto. Nos encentramos ante una crisis derivada de la financiarización global de la economía productiva, los impulsos al neoproteccionismo de los Estados-nación son muy fuertes. Ya conocemos su versión sobre el consumo de productos nacionales y sobre la protección frente a los intercambios comerciales. Pero hay también un proteccionismo del trabajo que a veces se liga a las políticas industriales de apoyo de sectores relevantes.
El tono de algunas informaciones es inequívoco: los sindicatos ingleses, infiltrados incluso los trabajadores por fascistas del Partido Nacional Británico, abogan por impedir la contratación de trabajadores extranjeros en una refinería situada en la costa este de Gran Bretaña. “Trabajadores ingleses para puestos de trabajo ingleses”, lo que hace que los periodistas hayan denominado a estas acciones de protesta como una “huelga xenófoba”.
Quizá el tema sea un poco más complicado. Primero porque no son los sindicatos británicos los que organizan, en cuanto tales, el conflicto. Su estructura es muy complicada, y el órgano confederal que representa al sindicalismo en aquel país, no ha organizado esta protesta, de origen bastante europeísta. López Bulla, con su rapidez y sensibilidad para captar los problemas reales del sindicalismo europeo y global, le ha dedicado cuatro entradas en su blog. En esas entradas subraya hechos bien relevantes que no se valoran apenas en el espacio mediático español. “Se ha dado en un escenario que tiene mucho que ver con la globalización: una trasnacional de “bandera” norteamericana contrata una empresa siciliana que lleva a Inglaterra trabajadores italianos y portugueses a trabajar para una empresa francesa” – nos cuenta Metiendo Bulla. Y añade su corresponsal Walter Maldonado: “Brendan Barber, secretario general del TUC, fue claro: “La rabia debe dirigirse contra los empresarios, no contra los trabajadores italianos. No hay duda que habrá gente de nuestro país que intentará instrumentalizar los miedos de los trabajadores fomentando la hostilidad y la xenofobia, pero estoy seguro que los afiliados al sindicato orientarán su rabia hacia los empresarios que han causado esta situación, que aparece como un intento de golpear los salarios, las condiciones de trabajo y la representación sindical del personal”.
Lo que por tanto nos señala un cabo de la polémica que quizá no se pone mucho de relieve en el tratamiento mediático de la cuestión. Quizá los trabajadores contratados por las empresas extranjeras para prestar servicios en Inglaterra posiblemente tengan unas condiciones de trabajo y unas remuneraciones diferentes y posiblemente más bajas que las que corresponderían a unos trabajadores británicos. No lo sabemos de cierto porque de eso no se habla. Pero si fuera así, el conflicto se desarrollaría entre el proteccionismo del mercado de trabajo nacional y el rechazo de la utilización de la libertad de prestación de servicios internacional como fórmula de romper la unidad de negociación y las condiciones de empleo en un país determinado. Es decir, que el slogan “trabajos británicos para trabajadores británicos” podría ser una variante extremadamente proteccionista del más conocido “salarios suecos en Suecia” que los sindicatos de aquel país acuñaron en el conflicto con la empresa letona “Laval” que ganó un concurso público para construir una escuela en un municipio sueco pagando a sus obreros conforme al convenio colectivo de su país de origen, lo que originó una huelga de los sindicatos suecos para evitar el “dumping social” que esta operación facilitaba. Como se sabe, este es el supuesto base de una de las sentencias más criticadas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el conocido Caso Laval, junto con el Caso Viking, ambas de diciembre de 2007.
Es cierto además que en esta crisis derivada de la financiarización global de la economía productiva, los impulsos al neoproteccionismo de los Estados-nación son muy fuertes. Ya conocemos su versión sobre el consumo de productos nacionales y sobre la protección frente a los intercambios comerciales. Pero hay también un proteccionismo del trabajo que a veces se liga a las políticas industriales de apoyo de sectores relevantes – como el automóvil – y en ocasiones se materializa en la regulación de los flujos migratorios y en “cerrar” los mercados de trabajo nacionales a la presencia de trabajadores inmigrantes o, en casos extremos, la criminalización de los que se encuentren en un territorio nacional en situación “irregular”. El proteccionismo laboral es una variante añadida a estas pulsiones de reacción frente a la crisis, y el supuesto de la huelga por los contratos realizados en la refinería de la costa de Lincolnshire, un ejemplo del mismo. Pero simultáneamente expresa la protesta de los trabajadores de un país por la utilización de operaciones empresariales de prestación de servicios que llevan aparejadas la división entre los trabajadores a partir de la diferencia salarial y de condiciones de trabajo entre ellos en función de su nacionalidad.
Naturalmente que es un asunto sobre el que el sindicalismo europeo tiene que intervenir estratégicamente, es decir, a partir de ese hecho elaborar unas pautas de análisis y de propuestas de acción. Y es evidente que los distintos sindicalismos estatal-nacionales deben también utilizar esta experiencia como medio para reflexionar sobre su capacidad para “ exponer nuevamente la reconstrucción de los valores de la solidaridad y la reunificación del conjunto asalariado en sus diversas tipologías”, como afirma Metiendo Bulla. Pero destacar de estas acciones únicamente su carácter xenófobo creo que impide ver el otro lado del problema, que sin embargo, es el que arroja más luz sobre el problema subyacente.
Antonio Baylos es Catedrático de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad de Castilla La Mancha
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