Informe de la Fundación 1º de Mayo que compara los distintos modelos de despido en Alemania, Austria, Dinamarca, Francia, Holanda, Italia, Reino Unido y Suecia.
Se ha venido intentando generalizar la idea, en ocasiones revestida con la apariencia de un análisis jurídico, que España tiene un modelo de despido de los más rígidos de la Unión Europea, que ofrece más dificultades a las empresas para despedir y en el que mayores costes supone a las empresas, llegando a la conclusión de que una “modernización” del sistema de extinción del contrato de trabajo debería de pasar por facilitar a las empresas los mecanismos de extinción, rebajar los costes y suprimir la intervención de la Administración en los despidos colectivos.
Por ello resulta útil ofrecer una visión de los principales elementos que caracterizan los distintos modelos que vienen operando en diversos países del entorno europeo en relación con los mecanismos de que disponen las empresas para ajustar sus plantillas y los derechos que les corresponden a las trabajadoras y trabajadores en tales situaciones.
Pero la premisa básica de cualquier análisis es considerar la absoluta insuficiencia de efectuar comparaciones meramente numéricas, vinculadas al importe de la indemnización por despido improcedente o injustificado, o incluso de a indemnización mínima del despido colectivo. Es más importante examinar las “trayectorias” comparadas del despido, los pasos que la práctica social y la regulación jurídica dan en un proceso de toma de decisiones que desemboca en el despido.