viernes, enero 28, 2011

Un acuerdo ajustado a las fuerzas de las partes ( La correlación de fuerzas de toda la vida)

Comenzar esta entrada con algunas cuestiones previas: 1º Este acuerdo es fruto de un proceso negociador 2ºProceso que se desarrolla en un contexto económico y social (desempleo, pobreza, déficit…) 3º Que en la mesa hay partes con posiciones muy divergentes.

Los actores:
El Gobierno que traza una líneas de actuación antisocial: Reforma laboral, reforma del sistema de pensiones, modificación del marco de relaciones laborales -negociación colectiva, eliminación de la retroactividad de los convenios-, supresión de las ayudas a desempleados. Un viraje inédito con presiones de  mercados financieros e instituciones económicas internacionales y europeas.

Los sindicatos que se movilizan y convocan una huelga general con las únicas armas de su legitimidad entre trabajadores y trabajadoras, siendo agredidos por ello de manera implacable por los instrumentos de conformación de la opinión.

Los Empresarios con planteamientos de máximos, que ponen en el punto de mira la negociación colectiva, como instrumento de individualización de las relaciones laborales, así como en el estado de bienestar.

En este escenario la movilización sindical y especialmente la Huelga General del 29-S manifestó que una gran parte de la población asalariada -base electoral del partido  del gobierno- no estaba dispuesta a renunciar a las conquistas sociales de manera gratuita. También evidenció la mansedad de otra parte de la sociedad, que en estado de shock era incapaz de digerir el fin de la abundancia, para toparse con la dura realidad. Y la indiferencia de aquellos que ven las conquistas sociales como caídas del cielo sin más mediación ni esfuerzo.

En este entramado valorar que el acuerdo venga precedido del voto mayoritario del Congreso de mantener el sistema público de pensiones como sistema de reparto. Elemento clave, pues hay voces que plantean un sistema de capitalización (que como EEUU ha supuesto un 50% de pérdida de poder adquisitivo en muchos pensionistas) o las ideas nacionalista, en concreto PNV-ERC de romper la caja única de la Seguridad Social. Los nacionalistas tanto de derechas como de izquierdas tienen la intención de romper la caja común, lo que debilitaría al conjunto de los trabajadores y trabajadoras independientemente del lugar donde vivamos.

Por tanto el acuerdo -a mi entender- es resultado de la acumulación de fuerzas del movimiento sindical durante el último año, -tanto en sus fortalezas como en sus debilidades-, desde una perspectiva social, política y de legitimidad de la herramienta sindical. El sindicato se legitima en la movilización y el conflicto como en el acuerdo y el pacto.

Contenido

En contra de la propuesta inicial del Gobierno, la jubilación a los 67 años no será ni obligatoria ni generalizable. Se crea un nuevo derecho subjetivo de jubilación anticipada a los 63 años con coeficientes reductores y los jóvenes becarios, y las mujeres que hayan estado al cuidado de hijos, podrán tener hasta dos años de cotización. Por el contrario, el período de cómputo se amplia escalonadamente de 15 a 25 años.

El acuerdo contempla ampliar la ayuda que sustituye a los 426 euros y que no estará vinculada a la formación, como pretendía el Ejecutivo. Su financiación dependerá de la Administración central y no de las comunidades autónomas. Aunque falta fijar su cuantía, ésta tendrá que ser superior a 400 euros.

A partir de la entrada en vigor de la reforma, la jubilación ordinaria quedará fijada en 65 años con el 100% de la base de cotización para aquéllos que hayan cotizado durante 38 años y medio a la Seguridad Social. Para el resto, la edad de jubilación se fija en 67 años con el 100% de la base reguladora, siempre que se haya cotizado un mínimo de 37 años, dos más que en la actualidad. Se mantiene la jubilación parcial a los 61 años. La jubilación anticipada será para los trabajadores que hayan cumplido 63 años, con algunas excepciones; podrán jubilarse anticipadamente a los 61 años quienes se hallen inmersos en una “situación de crisis”, concepto a definir.

El período de cómputo para calcular la pensión se amplía hasta los 25 años, desde los 15 actuales. La Seguridad Social llevará a cabo este incremento en dos fases. Hasta 2016 ó 2018, el período de cálculo se ampliará hasta los 20 años. Posteriormente, el período de cómputo irá creciendo, durante los cinco años siguientes, hasta alcanzar los 25 años.

El acuerdo plantea mejorar los incentivos al retraso voluntario de la edad de jubilación. En la actualidad estos incentivos incrementan la pensión un 2 ó 3 por ciento por cada nuevo año cotizado, según la carrera de cotización de cada persona. Aunque falta concretar cifras, la reforma quiere elevar esos incentivos.

El pacto fija nuevos incentivos para las mujeres y los hombres que dejaron de cotizar para dedicarse al cuidado de hijos. Así, el sistema contará como cotizados nueve meses por cada hijo, con un máximo de dos años, desde los 112 días actuales.

En cuanto a los jóvenes, el acuerdo plantea reconocer como períodos cotizados los años dedicados a programas formativos o de investigación, que tendrán la misma protección que los contratos de formación y serán sufragados por los entes o empresas que los financien. También podrán suscribirse convenios especiales de cotización sin necesidad de haber trabajado anteriormente.
Catálogo de de profesiones que podrán jubilarse antes.

La reforma reserva un apartado especial dedicado a los trabajos penosos, tóxicos, insalubres y peligrosos. En estos casos, y cuando no sea posible un cambio en las condiciones o de puesto de trabajo, se aplicarán coeficientes reductores de la edad de jubilación, que supondrán una sobrecotización por parte de las empresas. La ley fijará además qué profesiones se pueden acoger a este caso, que recogerán en un catálogo.

En cuanto a otros regímenes, la reforma integra el Régimen Agrario en el Régimen General, aspecto especialmente relevante para extremadura y andalucía. Se pretende impulsar igualmente la integración del Régimen Especial de Empleadas del Hogar en el Régimen General.

En materia de autónomos el objetivo de la reforma es hacer que las bases de cotización medias de los autónomos sean similares a las del Régimen General, con iguales derechos.

En cuanto a las situaciones de viudedad, se discute una posible mejora de las pensiones más bajas. Según estas fuentes, si esta subida no se produce, podría realizarse a través de una subida de las pensiones mínimas.

Por otro lado, el acuerdo fija la separación de fuentes, cumpliendo así con las recomendaciones del Pacto de Toledo.

A partir de 2027, los parámetros fundamentales del sistema se revisarán cada cinco años para adaptarlos a la evolución de la esperanza de vida.

Medidas en temas de Negociación Colectiva.

1.   Trasladar este tema a sindicatos y empresarios, con el compromiso de llegar a acuerdos concretos.
a.    La estructura de la negociación colectiva: Será el sector defina su ámbito de articulación, (Empresa, provincial, regional, nacional).
b.    Se introducirán  acuerdos sobre la obligación de negociar de las partes, solución extrajudicial de conflictos incorporándolos al convenio,
c.    Erticulación de la  representación de los trabajadores en las empresas menores de 6 trabajadores.